Aeropuerto de Berlín-Brandeburgo
El aeropuerto Willy Brandt de Berlín-Brandeburgo entró oficialmente en servicio el 31 de octubre de 2020. A pesar de su apertura tardía, no parte de cero.
En el mismo lugar, se encontraba anteriormente el aeropuerto de Berlín-Schönefeld. Tras los cierres sucesivos del aeropuerto de Berlín-Tempelhof y del aeropuerto « Otto Lilienthal » de Berlín-Tegel, ahora es el único aeropuerto de la capital federal alemana.
Debido a su reciente apertura, no hay muchas estadísticas disponibles. Sin embargo, el aeropuerto ya anuncia una capacidad de 27 millones de viajeros al año. Se prevé que esta capacidad aumente a 45 millones tras el cierre completo de los antiguos aeropuertos de Tegel y Schönefeld.
Como aeropuerto europeo, está sujeto al Reglamento (CE) n.º 261/2004 sobre la protección de los viajeros aéreos.

¿Qué establece el Reglamento (CE) n.º 261/2004?
El Reglamento (CE) n.º 261/2004 es un reglamento europeo que regula la aviación civil. Define una serie de obligaciones para las compañías aéreas y derechos para sus usuarios.
El derecho a ser transportado a destino
Si tus documentos están en regla y llega a tiempo al embarque, la compañía debe llevarle a su destino.
En caso de incidencia, sigue estando obligada a cumplir con esta obligación. Si es necesario, debe ofrecerle un vuelo alternativo o reembolsarle si ninguno le conviene.
Una cobertura financiera (bajo condiciones)
Si el retraso se prolonga, esto puede ocasionarle gastos.
Si necesita comer o dormir en el lugar, la compañía debe cubrir sus gastos. Asimismo, tienes derecho a dos llamadas telefónicas a cargo de la compañía.
El derecho a una compensación en caso de retraso, cancelación o overbooking
Si la incidencia que experimenta es responsabilidad de la compañía aérea, puedes tener derecho a una compensación fija.
Esto aplica a:
- un retraso de al menos dos horas
- una cancelación de vuelo
- una denegación de embarque debido a overbooking.
En retrasos limitados, esta compensación puede reducirse. Su importe depende de la distancia recorrida en tu vuelo. Varía entre 125 € y 600 €.

¿Qué vuelos están sujetos a este reglamento en el aeropuerto de Berlín-Brandeburgo?
El Reglamento (CE) n.º 261/2004 se aplica a los siguientes vuelos:
- cualquier vuelo que salga de un aeropuerto europeo
- cualquier vuelo con destino a un aeropuerto europeo operado por una compañía europea (incluyendo suiza, noruega o islandesa).
El aeropuerto de Berlín Brandeburgo ofrece servicios a 154 destinos en 49 países diferentes. También se encuentran algunas compañías de otros países (United Airlines, EgyptAir, Turkish Airlines…).
Si está en un vuelo hacia Berlín-Brandeburgo operado por esta compañía, procedente de un país tercero, no está sujeto a este reglamento.
Fuera de este caso, está cubierto.
¿Ha sufrido un retraso, una cancelación o un overbooking ? Delayed te acompaña
Si tu vuelo ha sufrido un retraso, una cancelación o un overbooking, puedes tener derecho a la compensación prevista por el Reglamento (CE) n.º 261/2004.
¿No está seguro de que tu reclamación prospere? ¿Por qué no pedir ayuda a profesionales? Delayed, especialista en derechos de los viajeros aéreos, le ayuda en sus gestiones.
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