Aeropuerto de Santander

El aeropuerto de Santander también es conocido como aeropuerto Seve Ballesteros-Santander o aeropuerto de Parayas. Es el único aeropuerto de Cantabria, en el norte de España. En 2012, fue el vigésimo aeropuerto de España, con algo más de un millón de pasajeros.

Acoge a seis compañías aéreas, de las cuales cuatro son españolas. Excepto algunos vuelos al Reino Unido operados por Ryanair, todos los demás vuelos son con destino a la Unión Europea.

Estos son tus derechos en el aeropuerto de Santander.

gente caminando en el aeropuerto de santander

Un aeropuerto regional, siempre bajo el derecho europeo

Santander es un pequeño aeropuerto que opera exclusivamente vuelos regionales. Acoge a cuatro compañías aéreas españolas:

  • Binter Canarias (especializada en vuelos a las Islas Canarias);
  • Iberia;
  • Volotea ;
  • Vueling.

Dos compañías aéreas extranjeras están presentes, ambas son compañías de bajo coste:

  • Ryanair, compañía irlandesa;
  •  Wizz Air, compañía húngara.

Todas las compañías aéreas presentes en este aeropuerto están, por lo tanto, basadas en el espacio europeo.

El Reglamento (CE) n.º 261/2004 regula el funcionamiento de la aviación civil en el espacio europeo. Abarca:

todos los vuelos que parten de un aeropuerto del espacio europeo (incluyendo Suiza, Noruega e Islandia);. los vuelos con destino a un aeropuerto en el mismo espacio europeo, operados por una compañía que tenga su base allí.

  • todos los vuelos que parten de un aeropuerto del espacio europeo (incluyendo Suiza, Noruega e Islandia);
  •  los vuelos con destino a un aeropuerto en el mismo espacio europeo, operados por una compañía que tenga su base allí.

La conclusión es sencilla: todos los vuelos con destino y desde Santander están cubiertos.


Tus derechos según el Reglamento (CE) n.º 261/2004

El principal beneficio del Reglamento (CE) n.º 261/2004 es que armoniza los derechos de los viajeros dentro de la Unión Europea.

En principio, estos derechos están presentes en los convenios internacionales que regulan la aviación civil. En la práctica, pueden aplicarse de manera diferente.

Tiene derecho a una asistencia hasta su llegada. Si llega a tiempo para el embarque, con billetes y documentos en regla, la compañía aérea debe llevarle a su destino.

También debe proporcionarle asistencia en caso de incidencia del vuelo. Esto significa varias cosas.

En primer lugar, si tu vuelo es cancelado o si se le ha denegado el embarque debido a un overbooking, la compañía aérea debe ofrecerle un vuelo alternativo.

Además, tienes derecho a asistencia material si su retraso le ocasiona gastos. Por ejemplo, deben proporcionarle bebidas y comidas, o en su defecto, financiarlas. Además, también tienes derecho a dos llamadas telefónicas.

En caso de retraso de más de 5 horas, cancelación o overbooking, también puedes solicitar un reembolso, independientemente de la oferta contratada. Pero renuncia a tu viaje al mismo tiempo. También renuncia a cualquier asistencia y reclamación.

Finalmente, tiene derecho, bajo ciertas condiciones, a una compensación fija de 125 a 600 € en caso de retraso, cancelación o overbooking. En el aeropuerto de Santander, dada la distancia recorrida, se llegará más bien hasta 400 €. Esta no es sistemática y no siempre se debe.

mujer sentada en la sala de embarque en el aeropuerto de santander

¿Quiere saber si tienes derecho a una compensación? Delayed le informa

¿Tu vuelo sufrió un gran retraso, una cancelación o un overbooking, en el aeropuerto de La Coruña o en otro lugar de Europa? Puede que tenga derecho a una compensación.

¿Quiere solicitarla, pero no sabe cómo hacerlo? Delayed te acompaña en sus gestiones.

Contáctanos y recupere la compensación la que tiene derecho.